
Noticias Argentinas difundió que el Gobierno nacional introdujo una reforma integral al régimen de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) con el objetivo de modernizar su funcionamiento, facilitar el acceso al financiamiento para las pequeñas y medianas empresas y adecuar la normativa a las actuales políticas crediticias.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 94/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, que modifica aspectos centrales del marco regulatorio vigente establecido por la Resolución 21/2021.
Según explicó el Poder Ejecutivo, los cambios apuntan a fortalecer el sistema de garantías para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), promoviendo una mayor asistencia financiera y un uso más eficiente de los recursos involucrados en el régimen.
“Las modificaciones implementadas buscan mejorar el marco normativo del Sistema de SGR, a los fines de que dicho régimen continúe promoviendo y aumentando la asistencia financiera dirigida a las MiPyMEs del país, atendiendo a la par un uso responsable, justificado y eficiente del impacto fiscal que genera la propia existencia del régimen societario de la materia”, señala la resolución.
Contratos digitales y tecnología blockchain
Uno de los principales cambios incorporados por la normativa es la digitalización de los procesos de suscripción de garantías.
A partir de ahora, los contratos de garantía recíproca podrán celebrarse mediante documentos electrónicos suscriptos con firma electrónica o firma digital.
Además, las SGR deberán utilizar tecnología blockchain para garantizar la validación de identidad de las partes y la seguridad de las operaciones realizadas.
La resolución establece que cada entidad podrá definir la infraestructura tecnológica a utilizar, siempre que cumpla con los requisitos de trazabilidad, autenticidad e integridad de la información.
El objetivo es agilizar los procesos operativos y permitir la emisión y firma remota de certificados de garantía.
Nuevas reglas para los avales en dólares
La reforma también introduce modificaciones en el esquema de otorgamiento de garantías en moneda extranjera.
Para las PyMEs que generan ingresos en divisas, las SGR podrán otorgar avales en dólares siempre que la empresa acredite capacidad de pago mediante su flujo futuro de fondos en esa moneda.
La principal novedad alcanza a las empresas que no generan ingresos en moneda extranjera.
En estos casos, las SGR podrán otorgar avales en dólares por hasta un monto equivalente al 50% de su Fondo de Riesgo Disponible.
La normativa establece que, para respaldar esas operaciones, las sociedades deberán mantener inversiones en moneda extranjera equivalentes al saldo vigente de las garantías otorgadas bajo esta modalidad.
Cambios en la gobernanza y transparencia
La resolución incorpora además nuevas exigencias vinculadas a la administración interna de las Sociedades de Garantía Recíproca.
En adelante, las actas de los consejos de administración que impulsen reformas estatutarias deberán contener una fundamentación detallada de las modificaciones propuestas.
Asimismo, esos encuentros deberán celebrarse con una anticipación mínima de 60 días hábiles respecto de la Asamblea General Extraordinaria en la que se trate la reforma correspondiente.
Con estos cambios, el Gobierno busca actualizar el funcionamiento del sistema de SGR, ampliar las herramientas de financiamiento disponibles para las empresas y fortalecer los mecanismos de control y transparencia dentro del régimen.